viernes, 30 de junio de 2017

MILES DE USUARIOS DEL METRO DE SANTIAGO EN RIEGO POR ACTITUD MEZQUINA DE EMPRESA DE MANTENCION.

La precariedad laboral de la subcontratación, sumado a la mezquina oferta del empleador contratista del Metro de Santiago, arrastro al Sindicato de Trabajadores del área de Mantenimiento, a iniciar el día de ayer,  la huelga legal, Poniendo en riesgo a miles de Usuarios del servicio.

En efecto, visto que el empleador  empresa Sometec,  no escuchara sus demandas, el sindicato declaro la Huelga General,  Por no mejorar las condiciones sociales y económica de más de 150 esforzados trabajadores  que llevan la responsabilidad de mantener un servicio seguro para el ciudadano a pie.

Los trabajadores en Huelga, cumplen funciones  de  mantención en las líneas 1,2,3,4A Y 5. Siendo el principal soporte que mantiene en marcha de forma segura toda la red de transporte subterráneo donde miles de ciudadanos de la ciudad de Santiago se Transportan.

Por otra parte y como es común, la empresa principal (Metro de Santiago) pese a su responsabilidad, ha mantenido oídos sordos al problema.
No obstante, ya se espera una serie de denuncia por Higiene y seguridad en contra de Metro de Santiago, Tanto en la Dirección del Trabajo, como en la subsecretaria de transporte por poner en riesgo a todos los trabajadores y sus usuarios.

En este contexto, cabe recordar que la empresa principal, (Metro de Santiago) es responsable subsidiariamente por todo lo que pueda suceder en términos de higiene y seguridad tanto para  los trabajadores como quienes ocupan el Metro.


DIFUNDIR!!!

jueves, 29 de junio de 2017

CONTROL BIOMETRICO IMPLEMENTADO POR SUPERMERCADOS NO PUEDE SER USADO POR EMPLEADORES EXTERNOS COMO REGISTRO DE ASISTENCIA.

    
Si bien, la dirección del trabajo ha declarado la legalidad del funcionamiento de estos aparatos electrónicos, por motivos de seguridad y para el cuidado de su instalación, en ningún caso deben ser usado como un segundo registro de asistencia de  trabajadores externos. (reponedores).

En efecto, los trabajadores externos al supermercados, no tendrían inconveniente alguno a la hora de enrolarse en ese Sistema Biometrico, ya que cumpliría con la función de asegurar en caso de algún accidente mayor, que afecte la infraestructura, el saber cuantos y que trabajadores se encuentran en sus dependencias. Considerando siempre que seria ilegal de parte del empleador, ya sea contratista, subcontratista o empresa proveedora principal, ocupe este sistema como control de asistencia. No pudiendo realizar descuentos por horas no trabajadas.

No obstante, cabe destacar que si así ocurriese, el empleador y el supermercado, no solo caería en una infracción laboral, sino tambien, vulneran la ley de Protección de datos personales, ley 19.628. Responsabilidad que tambien cae en la empresa principal.

Con todo, los trabajadores que esten sufriendo descuentos por efectos del control Biometrico, como lo casos antes mencionados deben inmediatamente Denunciar el "NO PAGO INTEGRO DE SUS REMUNERACIONES" Ante la Dirección del Trabajo de la jurisdicción del domicilio del empleador o, empresa contratista como tambien, contactarse con este medio para ser asistido.

Recuerden, asistir con su cédula de identidad, Rut y domicilio del empleador y del local donde ejecuta sus labores.

Descargar desde este link el dictamen para imprimir.





SOBRE CARGA DE TRABAJO POR PRODUCTOS NUEVOS, ES ILEGAL.

Hace un año, la dirección del trabajo resolvió mediante dictamen N° 2703/0042 declara ilegal la imposición, de reponer productos y marcas nuevas de empresas principales o directas.

En consecuencia el servicio  ha declarado, que la alteración cuantitativa de las funciones pactadas en los contratos de trabajo de los reponedores, de forma unilateral por el empleador, por motivo de haber ingresado nuevas marcas a la empresa principal resulta, contraria al derecho.
Con esto la Dirección del Trabajo responde a una problemática que se viene denunciado hace tiempo y que establece que los trabajadores tienen la razón.

En ese sentido, acusan que les obligaban en su carga de trabajo, sumar nuevos productos y marcas sin la más mínima compensación economica, y que esto resulta, un menoscabo tanto en lo económico como en lo psíquico; sobre todo, por la presión en cadena que ejercen, tanto la administración de los establecimientos comerciales como, el mandante proveedor y su contratista. (Menoscabo moral)

A eso le deben sumar, los tiempos adicionales que en virtud del proceso demandan los productos nuevos y que dejan, sin la debida atención del resto del mix que deben reponer y que por esta situación, no alcanzan incluso a llegar a las metas. 
Esto en sentido que produce incertidumbre en las remuneraciones, sobre todo con sistemas variables de remuneración por efectos del modelo productivo y que serían también, infracciones laborales. (Menoscabo económico).

Por otra parte, declara que el empleador, viene abusando del poder administrador y su facultad de alterar los límites de la prestación de trabajo (Ius variandi). Y que esa conducta, sería un acto de “abuso del derecho”.
También producto de esto, los trabajadores, les asiste el derecho a oponerse a tales exigencias, lo que se denomina en doctrina jurídica, como “Ius resistencie”.

Además, no obstante a que el empleador comunique los cambios funcionales del servicio con previo aviso, (30 días de antelación) seria irrelevante por su ilegalidad
- Visto que escaparía del ámbito de la potestad de mando y administración -  por la unilateralidad de las modificaciones.

Por lo tanto, los “Reponedores” pueden seguir oponiéndose a la prestación de servicios para nuevas marcas y productos que salen al mercado, sin que esta acción pueda ser causal de despido. 

En mismo tenor, Christian Riveros, dirigente del subcontrato del retail, señalo estar satisfecho por el trabajo investigativo y consultivo que se realizó,  poniendo énfasis una de las tantas molestias que declaran los trabajadores del sector y concluye en efectos claros de la razón legal.

-Por una parte es revelante cuando se cuantifican los abusos de la patronal y por otra, es relevante - ya que el dictamen  en sí, tiene un alcance positivo para los trabajadores de otras ramas productivas y no solo otorga  derecho a los reponedores de oponerse a tales medidas.

Además pone en claro manifiesto, que la empresa principal al querer sumar  productos nuevos a la maya productiva de los reponedores, le termina afectando la subcontratación de este servicio, ya que la facultad administrativa se pierde y se termina diluyendo sin poder alterar la naturaleza de los servicios.

En este sentido, se recomienda descargar e imprimir este documento, con el fin de mostrar y tener argumento a la hora de reclamar ante el personal de mando de los supermercados, la jefatura de su empleador y la empresa principal.

Pinche este link  para ver el texto original y descargar



lunes, 26 de junio de 2017

Reforma Laboral: Trabajadores pierden derecho a huelga por definición de empresa estratégica


En julio próximo se conocerá el nuevo listado de empresas estratégicas. El abogado laboralista, José Ugarte, explica que la nueva reforma laboral contempla la postulación de las empresas a esta condición, aspecto que podría ampliar el número de organizaciones sin este derecho fundamental.
El derecho a huelga en Chile se encuentra restringido para los trabajadores que pertenecen a empresas que prestan servicios estratégicos que puedan poner en riesgo el funcionamiento del país. Este punto es parte del plan laboral ideado por José Piñera entre 1979 y 1981, como parte de las siete modernizaciones que buscaban la liberalización del mercado.
Bachelet anunció una reforma laboral dentro de las promesas para su segundo gobierno como un instrumento que cambiaría la legislación de la dictadura. Esta promesa hoy deja relucir sus matices, entre los que se encuentra la calificación de empresas estratégicas, las que hoy no son enlistadas por el Ministerio de Economía, sino que deben postular a esta categoría.
El 31 de marzo esta misma repartición ministerial emitió una resolución donde describe el mecanismo que usará para determinar si una compañía reúne los requisitos para ser considerada como empresa estratégica o no. Como hoy las empresas pueden pedir incorporarse a la lista de servicio estratégico. “Lo que va a pasar es que tendremos más trabajadores sin derecho a huelga que en la dictadura”, explica el abogado de la Universidad de Chile, José Luis Ugarte.
Según el abogado, “la Reforma Laboral no cumplió con lo que prometió el Gobierno, dijo que avanzaría en el derecho a huelga de estos trabajadores y lo que hizo fue afianzar la medida del Plan Laboral de la dictadura, es decir, la prohibición total de la huelga para trabajadores de empresas estratégicas. Por lo tanto, a un grupo importante de trabajadores se les sigue privando del derecho”.
Con la disposición de la reforma, cualquier empresa que considere que está dentro de las causales descritas en la ley para ser un servicio estratégico podrá solicitar esta condición. “El problema es que en la reforma no se mejoró la redacción, se establecieron causales abiertas y muy ambiguas, lo que supera a lo que en derecho comparado se establece como causales de servicio esenciales”, explica Ugarte.
Las nuevas empresas estratégicas
El 31 de mayo pasado finalizó el plazo de postulación de las firmas que buscan ser declaradas como estratégicas y en julio se conocerá el nuevo listado. El caso es que hoy se ha abierto la postulación y compañías como Colbún y Enel Generación Chile, están tratando de enlistarse en esta categoría.
Según plantearon desde Colbun, postular a ser una empresa estratégica es una necesidad, ya que entregan el 21 por ciento del suministro del sistema interconectado. Sin embargo, el presidente del sindicato número 2 de la empresa, Miguel Lazcano refutó los argumentos: “Nuestra empresa no es la única que presta este servicio, porque aunque la empresa completa pare, igual hay energía para suplir esa falta. El sistema funciona como si muchas empresas aportaran en un canasto su energía y luego ésta se distribuye, por lo que las demás compañías podrían abastecer de energía si fuera necesario”.
Para Ugarte esta situación es una prueba más de la “hostilidad del gobierno de Michelle Bachelet hacia el derecho a huelga de los trabajadores, ya que incluyó a más empresas que el gobierno de Piñera”. El abogado laboralista confirmó que “nunca antes hubo tantas empresas en la lista cuyos trabajadores no tienen derecho a huelga”.
Sin embargo, el presidente del sindicato de Colbun advirtió que “en caso que el Ministerio de Economía le dé la categoría de empresa estratégica, nosotros vamos a apelar. En este momento estamos esperando y trabajando en la argumentación para presentar nuestra apelación”.
Fuente: diario y radio u de chile.

viernes, 9 de junio de 2017

DISIDENTES DE CONDUCCIÓN DE LA CUT, VUELVEN A IMPUGNAR ELECCIONES FRAUDULENTAS.

Representantes de distintas organizaciones sindicales pertenecientes a la central de trabajadores CUT, presentaron escrito tendiente a denunciar “fraude” en la elección realizada este pasado 30 de mayo.

Entre las orgánicas que encabezan la impugnación,  se encuentran dirigentes  del sector público y privado, De los sindicatos de café Starbucks, Aguas andinas, entre los privados, y de los públicos,  la agrupación “Cabreados”.

Los denunciantes acusan el mal proceder eleccionario al existir organizaciones que no han cumplido con las bases estatutarias de las elecciones. 
Ejemplo de eso, es que denuncian el no estar al día con el pago de las cuotas por parte de algunas agrupaciones que participaron en las últimas elecciones realizadas este 30 de mayo pasado.

Además, hay una fuerte crítica a la falta de ética por parte de la cúpula de la Cut, que tuvo el descaro de volver a presentarse como candidatos a la conducción de la central  no obstante, que los tribunales declararán nulas las elecciones anteriores por el fraude cometido en su conducción. Lo que provoca una fuerte crítica de la ciudadanía  al mundo sindical.

En efecto, evidencia la crisis moral por la que pasa la clase dirigencial y política del sindicalismo Chileno.

REPONEDORES DE SURLAT, ACUSAN HOSTIGAMIENTO LABORAL PARA OBLIGAR A REPONER PRODUCTOS NUEVOS Y DE OTRA EMPRESA MANDANTE.

                                           Reponedores  de empresa Contratista Portia, acusan acoso y presión para firmar un anexo de ...