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jueves, 20 de diciembre de 2018

SE SUMAN AL LLAMADO DE HUELGA GENERAL TRABAJADORES DE ECR GROUP COMPLEMENTOS RECOURSE CHILE.

Con un ferviente grito de huelga general, bases del regional Santiago se suma al llamado de zonales del país.


Con la actitud de los trabajadores portuarios, asociados al Sindicato Interempresa de trabajadores Subcontratados del Comercio SITIC. Han tomado conocimiento de la última oferta del empleador, donde solo ofrece ipc anual como reajuste salarial. 
Visto la mezquina oferta, el ánimo de rebelión se hace evidente y en medio de la asamblea realizada el día de martes18 se sumaron al llamado de los compañer@s de región de dar un voto de rechazo votando la huelga.


En ese sentido, salieron de la asamblea al grito de Huelga. Evidenciando un sentimiento de molestia por la mira de la empresa.



Así las cosas, se espera un alto respaldo a la huelga. Evento que se realizara entre los días jueves 20 y viernes 21 del presente mes a nivel nacional, con 19 puntos de votación a lo largo del país.

Arriba los que luchan!!!

viernes, 11 de mayo de 2018

JUEZ DEL TRABAJO, QUIERE TERMINAR CON LA DISCRIMINACION QUE DEJO FUERA DE LOS BENEFICIOS A TRABAJADORES EXTERNOS DEL COMERCIO.

Producto de la negativa del contratista Ecr group Complementos Recourse en otorgar los beneficios de la ley 20.823, que fijó 7 días domingo de descanso adicional en el año a los trabajadores del comercio y un 30% de recargo en sus sueldos base por trabajar el séptimo día.
Trabajadores Mercaderistas (reponedores) de este empleador, presentaron una demanda colectiva en busca de estos beneficios.
Por otro lado, la empresa se ha mantenido reacia a dar los siete domingos y pagar el recargo del 30% de recargo a los sueldos, aludiendo a que estos trabajadores,  no son considerados como trabajadores del comercio por no atender públicos.

Visto esto, el juez del segundo juzgado del trabajo de Santiago, decidió llevar el caso al Tribunal constitucional para que zanje en definitiva la controversia,  ya que para él, hay un problema de discriminación.

(En el escrito el juez Riffo pide que la magistratura constitucional declare la eventual inconstitucionalidad del artículo 38, N° 7 del Código del Trabajo. Dicha disposición regula que los trabajadores que se desempeñen en establecimientos de comercio y de servicios que atiendan directamente público estarán exceptuados de la jornada tradicional de trabajo semanal (45 horas y descanso dominical). 
La misma legislación, en su artículo 38 bis, determina que dichos empleados gozarán -adicional al recargo de un 30% de las horas ordinarias trabajadas en día domingo- de siete días domingo de descanso semanal durante cada año de vigencia del contrato de trabajo.
A juicio del juez del Segundo Juzgado del Trabajo de Santiago, los beneficios que consagra la Ley 20.823 deberían extenderse a todos los trabajadores que se desempeñan en el comercio y no sólo a los que atienden directamente público. Afirma que de aplicar la distinción contenida en la norma, “se podría llegar al resultado de inconstitucionalidad por discriminación y/o diferencia de trato ante la ley”.)
Fuente: La tercera, Pulso.

En este sentido, Christian Riveros. Dirigente de los Subcontratados de Tresmontes Lucchetti, dice aplaudir la decisión del Juez Riffo , Por querer terminar con una controversia legal que discrimina a los trabajadores externos,  pese a realizar tareas productivas en las instalaciones del comercio.

Por otra parte, Riveros recordó que hace años atrás, cuando el presidia la organización, tuvo una controversia con esta empresa por que nos obligaban a trabajar los días feriados,  por que según la empresa, los reponedores  eran trabajadores del comercio y al investigar, “vi dictámenes en particular sobre la denominación de trabajadores del comercio, y ese dictamen  nos dejaba fuera de esa mención”  por no tranzar dinero, ni pago alguno. Fue ahí que hice el llamado a los trabajadores mercaderistas de Tresmontes Lucchetti, de no trabajar los días feriados porque no existía obligación legal de trabajarlos.

Entonces queda clara la reacción contradictoria de la empresa ya que hora pone como argumento esos mismos dictámenes para no acatar la ley de los 7 domingos cuando antes, ese mismo dictamen, las rechazo.

REPONEDORES DE SURLAT, ACUSAN HOSTIGAMIENTO LABORAL PARA OBLIGAR A REPONER PRODUCTOS NUEVOS Y DE OTRA EMPRESA MANDANTE.

                                           Reponedores  de empresa Contratista Portia, acusan acoso y presión para firmar un anexo de ...