El Chiste!!!
La empresa dice que la inspección del Trabajo "No tiene atribuciones" para interpretar los
acuerdos colectivos que se generan entre los trabajadores y el mismo.
Empresa
de servicios de outsourcing Los Álamos s.a.
Perteneciente al holding de empresas Ecr Group Complementos recourse, atraves de su equipo jurídico, interpuso un
recurso de protección en contra de la decisión de la Inspección Comunal del
Trabajo Santiago Sur Oriente de Ñuñoa respecto a una sanción por incumplimiento
de beneficios del contrato colectivo.
El
origen de esta decisión tiene que ver con una fiscalización por incumplimiento
del contrato colectivo por parte del empleador, en relación al pago extemporáneo
del bono de vacaciones, denunciada por Christian Riveros. Dirigente sindical de
los Trabajadores Subcontratados de Tresmontes Lucchetti.
En ese
sentido, Riveros acuso que en muchos casos, los trabajadores se tomaban las
vacaciones y no se les cancelaba de forma oportuna el bono de vacaciones y se estaba haciendo una costumbre la demora.
Fue entonces
que la inspección fiscalizo y constato lo dicho por el dirigente en relación establecer
los hechos en relación al texto donde menciona que: “Este bono se devengará al momento en
que el trabajador haga uso de su feriado anual”. Que quiere decir que se
debe pagar en el momento o en el buen criterio, a más tardar al día siguiente y
no días después o a la semana siguiente. Declara Riveros.
En ese contexto,
la inspección del trabajo constato los hechos y genero la multa; Que en definitiva provoco que la empresa, presentara un recurso de protección en contra
de la Inspección del trabajo el día 23 de abril del presente año para dejar sin
efecto la multa, y que días después la misma empresa desestimara de la misma acción el
día 27 de abril.
Para
Christian Riveros, la acción de la empresa es un verdadero chiste, ya que quien
más que la inspección del trabajo debe velar por los derechos de los
trabajadores cuando de contratos colectivos
se trata. Por tanto, es una falta de respeto a esta institución, que históricamente ha tenido tácitamente la responsabilidad
de interpretar los términos de los acuerdos entre trabajadores y empleador.
En definitiva,
más allá del chiste de la empresa, esperamos que el
empleador este más atento al requerimiento de los trabajadores y a las instituciones que lo rigen. Señalo Riveros.
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