jueves, 23 de agosto de 2018

TRABAJADORES DESPLIEGAN LIENZO EN CONTRA DEL ESTATUTO JOVEN EN EL EDIFICIO DE LA DIRECCION NACIONAL DEL TRABAJO.

Trabajadores y Estudiantes.


Un grupo de dirigentes sindicales, pertenecientes a las empresas starbuck, Clinica Universidad del Desarrollo, Lider y de los Subcontratados del Retail (Ecr Group Complementos Recourse) Se tomaron las instalaciones de la Dirección Nacional del Trabajo, Para desplegar un lienzo alusivo a la Precarización que pretende implementar el gobierno empresarial de Piñera, con el estatuto Joven. 

Junto con ellos, mientras los sindicalistas realizaban esta acción, un grupo de estudiantes de la Confech, la Cones y Aces, se manifestaban frente a la dirección nacional del Trabajo, para protestar en contra del proyecto de Estatuto Joven, conocido como ley Mcdonald. 

Proyecto que discrimina y precariza a todos los trabajadores jóvenes y que además, pretenden en el futuro ,extender esta regulación, para los Trabajadores en general.

Además a la misma hora, estudiantes con peluca y nariz de payaso, funan al presidente de los empresarios, Sebastián Piñera, en evento realizado en la casa central de la Universidad de Chile.




martes, 14 de agosto de 2018

EMPRESA ES CONDENADA A PAGAR LAS REMUNERACIONES ADEUDADAS Y LAS COSTAS, A MERCADERISTAS SUBCONTRATADOS DE TRESMONTES LUCCHETTI.

Empresa de Servicios de outsourtsing Ecr Los Álamos, perteneciente al holding Ecr Group Complementos Recourse. Es condena a pagar las costas y el retroactivo del  bono incentivo encubierto en 24 horas extras al 50% mensuales ha subcontratados de Tresmontes Lucchetti.

Este bono de incentivo, se viene pagando aproximadamente desde hace más de cuatro años. y desde marzo del 2017 se dejó de pagar unilateralmente. 
Visto las pruebas de las fiscalizaciones emanadas por la inspección del trabajo a solicitud del dirigente patrocinador (C Riveros) y los testimonios de los testigos, acreditaron con mejor veracidad que daba a lugar el pago de este incentivo y la ilegalidad del accionar de la empresa.

A su vez, el abogado de los trabajadores, Florencio Pardo. Señalo estar satisfecho por las acciones realizadas ya que todas las pruebas presentadas acreditaban el pago sistemático de estas remuneraciones por las prestaciones de servicios.

Por otro lado, este abogado y profesor de derecho laboral y defensor de movimientos sociales. Critico el nulo respaldo del sindicato en referencias que nunca fueron parte de las denuncias ni de las investigaciones y mucho menos de las acciones judiciales que se requirieron para ganar el caso.

En ese sentido, fustigo a la los trabajadores a buscar alternativas institucionales donde la organización contenga políticas de desarrollo sindical que no sean cajas recaudadoras sino, organismos que defiendan y acompañen de principio a fin la solución a los problemas de los trabajadores y no que aparezcan solo para las negociaciones colectivas o las elecciones. 

En efecto, los trabajadores demandantes, se encuentran gratamente satisfechos ya que la primera parte de esta batalla se ganó y esperan que todas las injusticias ejecutadas por la empresa cesen y se restauren los derechos alcanzados.
También, agradecieron a los testigos, el trabajo del abogado y el apoyo que encontraron  en el Dirigente de la Federación Nacional De Subcontratados del Retail, Christian Riveros.


martes, 26 de junio de 2018

CAJA LOS ANDES LANZA PROMOCIÓN DE ARRIENDO DE QUINCHOS EN PARQUE RECREATIVO PIRQUE.

La imagen puede contener: texto y exterior
Caja los andes, lanza promoción de arriendo de quinchos a $ 1.000.-  en parque recreativo de Pirque.
Promoción tiene inicio y termino desde el 15 de junio al 31 de agosto del 2018. Y esta tarifa es valida de martes a domingo para afiliados y pensionados.

CONSULTAS: 228548285. E-mail: pirque@cajalosandes.cl
RESERVAS: Dirección, Virginia Subercaseaux N# 5201, Pirque.

domingo, 24 de junio de 2018

RECLAMO SURTE EFECTO Y CAJA LOS ANDES SOLUCIONA EL PROBLEMA DE LOS BENEFICIOS Y DESCUENTOS DE CRÉDITOS SOCIALES EN ECR GROUP.

Hace unas semanas se realizaron los reclamos ante los representantes de Caja los Andes, por una serie de consultas que venían realizando los trabajadores de Ecr Group, Con respecto a que el cambio de razón social de la empresa implicaba que se frenaran los beneficios de la caja.

Fue así que creció la duda con respecto a que la caja no estaría cobrando las cuotas de los créditos sociales de los trabajadores.

En este sentido, muchos trabajadores se preguntaban  si cuando se normalizara la relación con “la caja” el empleador descontaría todas las cuotas adeudadas de una  solo vez para ponerse al día. O bien, si podían exigir descuentos en los comercios con convenio.
Bueno, todo esto quedo resuelto  luego de una reunión que realizo la caja Los Andes con el dirigente sindical, Christian Riveros y Luis Sepulveda, que fueron quien patrocinaron el reclamo.

Fue así que tanto. Jorge Cavieres, de gerencia empresa y Nibaldo Ahumada, de relaciones gremiales, informaron que, producto de la serie de cambios de Rut y nombres de las razón social de las empresa del holding Ecr Group Complementos Recourse, provoco que se des actualizaran los datos de los afiliados al no aparecer las empresas como afiliadas a la empresa. Situación que se verifico luego del reclamo de Riveros. Pero lo importante, es que  se están resolviendo a favor de los trabajadores.

Primero, en julio se espera que estén  actualizadas las bases de datos de todas las razones sociales y de sus trabajadores afiliados.
Segundo. Las licencias médicas entraran siempre y cuando estén reintegradas.
Tercero, en junio se informara solo la cuota del mes para quienes tengan créditos sociales con la caja.
Cuarto. Llegaran cartas de Invitación a los afiliados que tengan créditos y quieran  reprogramar sus deudas pidiendo el saldo capital de la deuda como programación, etc.

Por otra parte, Christian Riveros informo que lo que más le preocupo de esta situación, es que no se cobraran intereses adicionales a las cuotas de los trabajadores producto de una decisión del empleador. 
Señalo que no es responsabilidad de los trabajadores estas decisiones y sería injusto que siguieran pagando los costos de una decisión que no les compete.
Por último, solo advertir a todos los trabajadores a estar alerta si sufren doble descuentos u otros problemas para que sean informados a los dirigentes y se realicen las respectivas  denuncias.




viernes, 11 de mayo de 2018

JUEZ DEL TRABAJO, QUIERE TERMINAR CON LA DISCRIMINACION QUE DEJO FUERA DE LOS BENEFICIOS A TRABAJADORES EXTERNOS DEL COMERCIO.

Producto de la negativa del contratista Ecr group Complementos Recourse en otorgar los beneficios de la ley 20.823, que fijó 7 días domingo de descanso adicional en el año a los trabajadores del comercio y un 30% de recargo en sus sueldos base por trabajar el séptimo día.
Trabajadores Mercaderistas (reponedores) de este empleador, presentaron una demanda colectiva en busca de estos beneficios.
Por otro lado, la empresa se ha mantenido reacia a dar los siete domingos y pagar el recargo del 30% de recargo a los sueldos, aludiendo a que estos trabajadores,  no son considerados como trabajadores del comercio por no atender públicos.

Visto esto, el juez del segundo juzgado del trabajo de Santiago, decidió llevar el caso al Tribunal constitucional para que zanje en definitiva la controversia,  ya que para él, hay un problema de discriminación.

(En el escrito el juez Riffo pide que la magistratura constitucional declare la eventual inconstitucionalidad del artículo 38, N° 7 del Código del Trabajo. Dicha disposición regula que los trabajadores que se desempeñen en establecimientos de comercio y de servicios que atiendan directamente público estarán exceptuados de la jornada tradicional de trabajo semanal (45 horas y descanso dominical). 
La misma legislación, en su artículo 38 bis, determina que dichos empleados gozarán -adicional al recargo de un 30% de las horas ordinarias trabajadas en día domingo- de siete días domingo de descanso semanal durante cada año de vigencia del contrato de trabajo.
A juicio del juez del Segundo Juzgado del Trabajo de Santiago, los beneficios que consagra la Ley 20.823 deberían extenderse a todos los trabajadores que se desempeñan en el comercio y no sólo a los que atienden directamente público. Afirma que de aplicar la distinción contenida en la norma, “se podría llegar al resultado de inconstitucionalidad por discriminación y/o diferencia de trato ante la ley”.)
Fuente: La tercera, Pulso.

En este sentido, Christian Riveros. Dirigente de los Subcontratados de Tresmontes Lucchetti, dice aplaudir la decisión del Juez Riffo , Por querer terminar con una controversia legal que discrimina a los trabajadores externos,  pese a realizar tareas productivas en las instalaciones del comercio.

Por otra parte, Riveros recordó que hace años atrás, cuando el presidia la organización, tuvo una controversia con esta empresa por que nos obligaban a trabajar los días feriados,  por que según la empresa, los reponedores  eran trabajadores del comercio y al investigar, “vi dictámenes en particular sobre la denominación de trabajadores del comercio, y ese dictamen  nos dejaba fuera de esa mención”  por no tranzar dinero, ni pago alguno. Fue ahí que hice el llamado a los trabajadores mercaderistas de Tresmontes Lucchetti, de no trabajar los días feriados porque no existía obligación legal de trabajarlos.

Entonces queda clara la reacción contradictoria de la empresa ya que hora pone como argumento esos mismos dictámenes para no acatar la ley de los 7 domingos cuando antes, ese mismo dictamen, las rechazo.

lunes, 7 de mayo de 2018

EL CHISTE DEL AÑO DE LA EMPRESA QUE PRETENDE SEGUIR HACIENDO CASO OMISO A DICTÁMENES DE LA INSPECCIÓN DEL TRABAJO.

El Chiste!!!
La empresa dice que la inspección del Trabajo "No tiene atribuciones" para interpretar los acuerdos colectivos que se generan entre los trabajadores y el mismo.

Empresa de servicios de outsourcing Los Álamos s.a.  Perteneciente al holding de empresas Ecr Group Complementos recourse,  atraves de su equipo jurídico, interpuso un recurso de protección en contra de la decisión de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente de Ñuñoa respecto a una sanción por incumplimiento de beneficios del contrato colectivo.

El origen de esta decisión tiene que ver con una fiscalización por incumplimiento del contrato colectivo por parte del empleador, en relación al pago extemporáneo del bono de vacaciones, denunciada por Christian Riveros. Dirigente sindical de los Trabajadores Subcontratados de Tresmontes Lucchetti.

En ese sentido, Riveros acuso que en muchos casos, los trabajadores se tomaban las vacaciones y no se les cancelaba de forma oportuna el bono de vacaciones y se estaba haciendo una costumbre la demora.

Fue entonces que la inspección fiscalizo y constato lo dicho por el dirigente en relación establecer los hechos en relación al texto donde menciona  que: “Este bono se devengará al momento en que el trabajador haga uso de su feriado anual”. Que quiere decir que se debe pagar en el momento o en el buen criterio, a más tardar al día siguiente y no días después o a la semana siguiente. Declara Riveros.

En ese contexto, la inspección del trabajo constato los hechos y genero la multa; Que en definitiva provoco que la empresa, presentara un recurso de protección en contra de la Inspección del trabajo el día 23 de abril del presente año para dejar sin efecto la multa, y que días después la misma empresa desestimara de la misma acción el día 27 de abril.

Para Christian Riveros, la acción de la empresa es un verdadero chiste, ya que quien más que la inspección del trabajo debe velar por los derechos de los trabajadores  cuando de contratos colectivos se trata. Por tanto, es una falta de respeto a esta institución,  que históricamente ha tenido tácitamente la responsabilidad de interpretar los términos de los acuerdos entre trabajadores y empleador.

En definitiva,  más allá del  chiste de la empresa, esperamos que el empleador este más atento al requerimiento de los trabajadores y a las instituciones que lo rigen. Señalo Riveros.


jueves, 19 de abril de 2018

TRIBUNAL ACOGE A TRAMITE DEMANDA COLECTIVA DE TRABAJADORES SUBCONTRATADOS DE TRESMONTES LUCCHETTI.


Tribunales acogen a tramite demanda colectiva, luego de reiteradas denuncias ante la dirección del trabajo,  por establecer que la empresa desde hace más de dos años que paga sistemáticamente un bono de incentivos de 24 horas extras mensuales; y que la empresa  de Servicios de  Outsourcing Ecr los Álamos s.a... Perteneciente al Holding Ecr group Complementos recourse s.a., Decidiera de forma ilegal, cesar el pago de estos incentivos a los trabajadores.


Consultado a Christian Riveros, Dirigente patrocinador de las denuncias y que  ha venido acompañando en todas las instancias de denuncias de estos  trabajadores, señalo pese a que la empresa uso artimañas desde el mes de Marzo del 2017, Se siguierón gestionando nuevas denuncias para que se realizaran nuevas diligencias, de las cuales determinaron la ilegalidad arbitraria de la empresa.

En paralelo a esta denuncia, siguió denunciando la ilegalidad de los aparatos biométricos, cuestión que puso en peligro el proyecto de la empresa y que llegaran a los tribunales. 
Efecto de estas denuncias, la empresa cambiara el prestador del servicio.
Por otra parte, señalo que la empresa quiso aprovechar la instancia cuando instalaron los aparatos biométricos de registro de asistencia en el ingreso de los locales Líder y jumbo; Que es donde realizan las labores los trabajadores afectados.

Según la empresa, el sistema de registro biométrico no arrojaba ningún dato de horas extras. Por tanto, decidió no seguir cancelando el bono incentivo de 24 horas extras que pago sistemáticamente mes a mes desde hace más de dos años.

Otro dato a la causa es como se originó este incentivo en cuestión.
Tanto Christian Riveros como los trabajadores afectados en sus remuneraciones, señalan que fue un acuerdo de palabra con un ex jefe de plataforma de ecr Los Álamos y  la mandante Tresmontes Lucchetti. Y que nacieron de reiterados reclamos que realizaban estos trabajadores, por el exceso de trabajo y la mala remuneración existente.  Fue en eso que Rubén cabrera (ex jefe de plataforma) decidiera mejorar las remuneraciones de estos trabajadores, con el objetivo de recompensar el esfuerzo  con el pago del bono mensual de las horas extras, antes mencionadas. (Esto hace más de tres años a la fecha aprox).

Ahora esperan que sea el tribunal quien obligue a restablecer los bono de incentivos y de forma retroactivo desde el mes de marzo del 2017, para estos trabajadores.



REPONEDORES DE SURLAT, ACUSAN HOSTIGAMIENTO LABORAL PARA OBLIGAR A REPONER PRODUCTOS NUEVOS Y DE OTRA EMPRESA MANDANTE.

                                           Reponedores  de empresa Contratista Portia, acusan acoso y presión para firmar un anexo de ...